L A D I S P O S I T I V A:
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; téngase como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante YAJAIRA JOSEFINA ACUÑA RANGEL; quien falleció en fecha 02 de Mayo de 2017; quien para el momento de su fallecimiento era venezolana, mayor de edad, divorciada, Auxiliar de Enfermería, titular de la cedula de identidad N° V-5.522.677, natural de Milla, Parroquia Milla Municipio Libertador del Estado Mérida, según se evidencia en el Acta de Defunción N°02, acta.....