OTORGA el Beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO a la penada LUZ MARINA CONTRERAS DE ORTEGA, nacionalidad colombiana, venezolana por naturalización, titular de la cédula de identidad N° V-11.018.113, casada, profesión peluquera, fecha de nacimiento 08-09-55, residenciada en la calle 3era AN, casa N° 3E84, sector Capilla, Cúcuta de la Republica de Colombia; quedando pernotando en el Centro de Pernocta del Estado Táchira, ubicado en la centro penitenciario de Santa Ana Estado Táchira, bajo la supervisión, orientación y control de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Coordinación Zonal del Estado Táchira, imponiendo el Tribunal las siguientes condiciones:
1. - No cometer, ni involucrarse en la realización de delitos, por cuanto se le revocará el beneficio acordado.
2.- Continuar estudios en cualquier institución cercana al Centro de Pernocta adaptando el horario de estudio y de trabajo a las normas y reglamento del Centro de Pernocta.
3.- Mantener la estabilidad la.....