Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En relación a la solicitud de flagrancia presentada por el Ministerio Público este Tribunal, SE DECLARA LA APREHENSION EN SITUACION DE FLAGRANCIA DEL CIUDADANO RAUL GUTIERREZ, venezolano, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.022.946, nacido en fecha 07-07-1958, natural de Pueblo Nuevo de los Pueblos del Sur del Estado Mérida, hijo de Sael Araque (F) y de Matilde Gutiérrez de Durán (F), albañil, analfabeta, residenciado en Guayabones, el Cerrito, Vía Panamericana, por la parte de abajo del Río, Estado Mérida, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 81 del Código Penal, en armonía con el artículo 65 pa.....