En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del Procedimiento, producido por el ciudadano NELSON GUERRERO VEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.971.220 en su condición de parte actora, en fecha 05 de diciembre de 2019, en los términos contenidos en el mismo y en consecuencia, se ordena archivar el presente expediente, una vez firme la presente decisión, una vez que conste en auto la notificación de la FISCALÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO CON COMPETENCIA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.