La presente demanda ejercida por las abogadas CRISTINA BEATRIZ FIGUEREDO GONZALEZ y MARISELA VEGA GOMEZ apoderadas judiciales de la parte demandante ciudadano ANDRES EDUARDO HUSSEIN DAVILA, no cumple con los presupuestos legales dado que la parte actora produjo conjuntamente con el libelo de la demanda un instrumento insuficiente al no estar reconocido por la parte demandada, en orden a lo que estipula el artículo 644 del Código de Procedimiento Civil, aun cuando en el caso de autos la actora requirió que "...la presente demanda, sea admitida, sustanciada conforme a derecho y declarada con lugar en la definitiva...", por lo cual debe declararse inadmisible la presente demanda, y así se hará de manera expresa, positiva y precisa en la parte dispositiva de este fallo judicial.