ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Conforme a los artículos 330, numeral 2° y 331 del C.O.P.P, admite totalmente la acusación, presentadas por al Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público, contra el acusado FREDY JOSE INFANTE BRACHO, venezolano, obrero, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.319.654, natural de Bobures Estado Zulia, nacido en fecha 27-05-1963, hijo de Augusto Antonio Infante Lara (F) y Elia Elena Bracho Sánchez (V), residenciado en Urbanización La Inmaculada, tercera calle, casa N° D-32, Tucaní, Estado Mérida, teléfono 0275-4441282; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de la ci.....