L A D IS P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero:CON LUGAR LA CONFESIÓN FICTA, en que incurrió el ciudadano ALEXIS VICENTE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, ya identificado,por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el término previsto, ni evacuar prueba alguna que desvirtuara la pretensión del actor.
SEGUNDO:se declara CON LUGAR,la demanda de desalojo de local comercial, interpuesta por las ciudadanas ROCIO CLARET MORENO ESCALONA, RAQUEL DEL VALLE MORENO ESCALONA, CARMEN EUGENIA MORENO ESCALONA y MILGAROS NAKARY MORENO ESCALONA, ya identificadas,a través de su apoderado judicial abogado OMAR DÍAZ ANGULO,inscrito en el Inpreabogad.....