es por lo que este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en Nueva Bolivia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, suscrito por las partes ciudadanos: ISNERIS PARRA SULBARAN y NELSON SULBARAN BALZA, identificados anteriormente y se le dá carácter de Cosa juzgada. Así mismo se ordena la apertura de una Cuenta de Ahorros en la Agencia Bancaria Banesco a nombre de la madre de los niños ciudadana: ISNERIS PARRA SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° V- 14.438.417, y para lo cual se acuerda oficiar a dicha Institución sobre lo aquí ordenado. Así como tambien deberá acusar recibo de esta comunicación informando el N° de Cuenta de Ahorro y la fecha en que se aperturó. Certifíquese copia de la presente decisión para ser archivada en éste Tribunal.