En orden a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación interpuesta en fecha 17 de mayo de 2016 , por la profesional del derecho DUNIA CHIRINOS LAGUNA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano CARLOS NEPTALI ACOSTA ANGULO, contra el auto de fecha 16 de mayo de 2016 , mediante la cual, el Juzgado a quo apertura el cuaderno de tacha, en el juicio seguido por el recurrente contra la empresa AUTO REPUESTOS YURICARS C.A., por cobro de bolívares vía intimación, causa contenida en el expediente signado con el número 10.728 de la numeración propia del tribunal de la causa.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.
Por cuanto esta.....