DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Juez de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 646 y 647. E, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 173 del Código Orgánico Procesal Penal, REVISA LA MEDIDA DE PRIVACIÒN DE LIBERTAD impuesta a IO y SE RATIFICA, acordando que deberán seguir cumpliéndola en el CPRA. De acuerdo al cómputo efectuado en fecha 15 de noviembre de 2010, por auto inserto a los folios 610 al 613, la medida de privación de libertad finaliza el día 04 DE AGOSTO DE 2014, A LAS 8:00 A.M.
Por cuanto el día 16 de mayo de 2011, fecha en la que esta Juzgadora se entrevistó con el joven sancionado, para que accediera a asistir a las entrevistas con los criminólogos para que se le realice el plan individual, ta.....