DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Primero: Declara con lugar la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano RICHARD JOSE SALAZAR SALAZAR, identificado previamente, de conformidad con el artículo 93 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal Segundo: comparte la precalificación fiscal de la conducta desplegada por el imputado identificado anteriormente como el delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 encabezado y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en contra de la ciudadana Maria Elena Valero Paredes. Tercero: Ordena tramitar la presente causa por el PROCEDIMIENTO E.....