Con apego a lo dispuesto en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, se tiene que el penado: ELVIS ANTONIO PULIDO RAMIREZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad V-25.264.425, natural de La Fría Estado Táchira, nacido en fecha 27/11/1990, de 32 años edad, de ocupación comerciante, residenciado en el Barrio las Flores Parte Alta, casa N 114, calle Principal, por detrás de la Escuela Sur América, Parroquia Presidente Páez, del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida; Al realizarle la ACUMULACION DE PENAS la misma quedo en TRECE (13) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, más la accesoria del artículo 16.2 del Código Penal, por los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perju.....