Suspende condicionalmente la presente causa a favor del ciudadano JHONNY JAEL PEÑA ROJAS, venezolano, mayor de edad, natural de Mérida estado Mérida, nacido en fecha 03-05-1966, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.036.836, estado civil soltero, profesión u oficio obrero de la construcción, hijo de Argimiro Rojas y Luis Alberto Peña, residenciado en la Av. 16 de Septiembre, pasaje Páez con San Luis, casa Nº 0-26, Municipio Libertador de estado Mérida, por el lapso de UN (01) AÑO a contar de la presente fecha