declara CON LUGAR la pretensión de divorcio incoada por la ciudadana MARIDEY VALENTE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula con el Nro. V-17.793.003, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Bolivariano de Mérida, asistida por el profesional del derecho EFREN DARIO ORTIZ ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.962.811 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 35.258.
Como consecuencia de lo anterior, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MARIDEY VALENTE UZCATEGUI y ANDERSON MIGUEL SILVA LINARES, contraído en fecha 29 de septiembre de 2014, por ante Registro Civil de la Parroquia Eloy Paredes del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Bolivariano de Mérida.
De conformidad con el artículo 506 del Código Civil y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, una vez quede firme la presente sentencia, ofíciese a la Oficina de Registro .....