De acuerdo a la ley adjetiva, las partes involucradas en el presente juicio, solicitaron se homologue el Convenimiento, se le imparta el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y que no se archive el expediente, hasta tanto conste en Actas la inserción del documento protocolizado, mediante la cual se haya producido la venta definitiva de los Derechos y Acciones, tal y como consta del texto anteriormente transcrito, la homologación debe verificarse de inmediato por este Tribunal, en los términos en que quedó expresada.