este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JECUCUION N°.01, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:----------------------------------------------- ----------------
PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA PENA CORPORAL, a favor del penado JORGE DE JESUS AGUDELO ALVAREZ, ya identificado, por Cumplimiento de la pena corporal, de conformidad con lo previsto en el artículo 479 0rdinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 105 del Código Penal.--------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: ACUERDA EL CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS ACCESORIAS, en tal sentido tenemos: El articulo 13 del Código Penal establece:¿ Son penas accesorias a la de presidio. 1) Omisis. 2) Omisis. 3) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, por lo tanto.....