DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO MERIDA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios Laborales tiene incoada el Ciudadano: JORGE ELIECER MOLINA
SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil "GARITALIA ARREDI, C.A", a pagar la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (BS. 45.790,54), por todos y cada uno de los conceptos ut supra cuantificados y discriminados que corresponden al trabajador tal y como ha sido señalado en la motiva.