Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano ALBIS LUIS SOLARTE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 10.236.182, nacido en fecha 02-11-66, natural del Pinar, Estado Táchira, residenciado en El Pinar, Vía Principal, casa S/N mas arriba de la Plaza Bolívar, Vieja, Estado Mérida por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de Las Mujeres a una vida Libre de Violencia; en perjuicio de la ciudadana YETZI YUDITH DELGADO MENDOZA; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ejusdem, y el artíc.....