declara consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por el ciudadano EULOGIO MARQUEZ MORA, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad Nº V-20.832.324, domiciliado en la Parroquia Estanques, Municipio Sucre del Estado Mérida, contra la ciudadana AMANDA MARQUEZ MORA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 12.486.629, domici¬lia¬da en el sitio Juan Pablo II del sector El Anís, Parroquia Chiguará del Municipio Sucre del Estado Mérida, por ANULABILIDAD DE VENTA.