DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 253 de la Constitución de la República, DECRETA:-------------------------
PRIMERO: Vista la admisión de hechos realizada por el acusado de autos, TONY RAMÓN OSORIO RAMÍREZ, plenamente identificado, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del COPP, este Tribunal CONDENA al mencionado ciudadano cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de Abuso Sexual Agravado a Niña, previsto y sancionado en el artículo 259 primero y segundo aparte, en concordancia con los artículos 8 y 217 de la Ley Orgánica del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio de la niña (identidad omitida), de .....