Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada YADIRA UREÑA CHACÓN, Defensora Pública Penal N° 06 del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en su condición de defensora del acusado JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ ROSALES, contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 17-06-2004, por la que se CONDENA al acusado JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ ROSALES, a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS, DE PRISIÓN, por el delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por considerar esta Alzada que la s.....