Primero: CON LUGAR el alegato de prescripción de la acción invocado por la demandada de autos MERCADO DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL).
Segundo: SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES ha incoado el ciudadano JOSE RICARDO LOZADA DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.084.469, en contra de la accionada MERCADO DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL).
Tercero: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Cuarto: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la Republica, de la presente decisión según lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría general de la Republica.