Por Decisión N° 89/2010 de fecha 18 de Marzo de 2010, la cual fue publicada y diarizada en su oportunidad, se DECLARA PROCEDENTE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del acusado RAFAEL ARCÁNGEL SALINAS SILVA, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, cometido en perjuicio de la ciudadana ADELA SEQUEDA MATAJIRA y de las adolescentes Y.S.S. y R.S.S. (Identidades omitidas). Se estableció como plazo de régimen de prueba UN (01) AÑO contado a partir de la presente fecha 18 DE MARZO DE 2010 HASTA EL 18 DE MARZO DE 2011. Se DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 4 Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR del ciudadano RAFAEL ARCÁNGEL SALINAS SILVA, por el delito de VIOLENCIA PATRIMONIAL, cometido en perjuicio de las víctimas antes enunciadas. Se deja constancia que se diariza en el Sistema Juris 2000 el día de hoy por fallas en el Sistema desde el día 19/02/2010 hasta el día 17/03/2010 ambas fechas inclusive.-