ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2008-000564.
ASUNTO : LP11-P-2008-000564.
AUTO DE REDENCION DE PENA
Vista: la solicitud de REDENCIÓN de pena, formulada de conformidad con los artículos 3, 5 literal B, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, vistos y examinados los recaudos acompañados a la solicitud, emanados de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa Permanente, encargada del examen en los casos respectivos en el Centro Penitenciario de la Región Andina, ubicado en el Municipio Sucre en la ciudad de San Juan de Lagunillas, Estado Mérida, este Tribunal para resolver la petición de Redención de Pena del ciudadano: EDGAR OCTAVIO GOMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-17.696.066, nacido en fecha 27- 12-1934, de 24 años de edad, comerciante, soltero, hijo de Octavio Estupillan y de Marta Gómez, domiciliado calle principal Barrio la Chica, casa Nº- 60, diagonal.....