DECISIÓN
Sobre la base de los razonamientos fácticos y jurídicos que se dejaron expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil:
PRIMERO: HOMOLOGA y da por consumado el convenimiento de la demanda propuesto en fecha 05 de marzo de 2025, por los ciudadanos TEODULFO TORRES MORA Y DORILA MARQUEZ DE TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N° V-10.710.825 y V-11.460.594, parte demandada, y aceptado por la Apoderada Judicial de la parte Actora Abogada HEDI MARGARITA SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-16.933.639, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 232.024, por Reconocimiento de Contenido y Firma. Y ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: Como corolario del anterior pronunciamiento, SE DECLARA .....