DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho, ejercido por la profesional del derecho Luisa Calles, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto emanado por el Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 31 de marzo de 2008, en el que se abstiene de oir la apelación ejercida contra el auto de fecha 24 de marzo de 2008, en que se declaró no procedente, por extemporáneo, el requerimiento de pronunciamiento sobre la prueba de informe, en el asunto principal signado con el Nº LP21-L-2006-000289. En consecuencia, se ordena al mencionado Tribunal oír la apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley Or.....