Se declaró CON LUGAR la solicitud de interdicción del ciudadano ELIS RAMÒN RONDÒN SALAS, formulada en fecha 1º de junio de 2006, ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Mérida con sede en Tovar, por el ciudadano LEONARDO ALBERTO RONDÒN SALAS. Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se decretó la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano ELIS RAMÒN RONDÒN SALAS, con todas las consecuencias legales que dicha declaratoria implica.