Por los fundamentos que anteceden, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA SECCIÓN ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del adolescente DUGARTE VERGARA DARGUY JOSE, por considerar el Tribunal que ciertamente existen elementos, para considerar que se configuran los delitos de Homicidio intencional simple en grado de frustración previsto en el art. 405 Del Código Penal, en armonía con el artículo 80 en su 2do aparte ejusdem, y sancionado en el artículo 620 en concordancia con los artículo 628 todos de la LOPNA. SEGUNDO: En cuanto a las pruebas señaladas por la Fiscalía, este Tribunal admite en su totalidad por ser lícitas, legales y pertinentes, conforme al art. 570 de la LEY ORGÁNICA PARA LA PR.....