declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos EDUARDO EDECIO RAMOS SOTO y LUZ MARINA FLORES URBINA, identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio en fecha primero (01) de octubre del año mil novecientos noventa y ocho (1.998), contrajeron matrimonio civil, por ante la Prefectura de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, hoy Registro Civil de la Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 51