Por los razonamientos antes expuestos, ÉSTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; a tenor de lo dispuesto en los artículos 2, 21, 26 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a lo establecido en el artículo 471 numeral 1 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente; hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara que el ciudadano RONALD JOSE VIVAS ATENCIO, antes identificado, hasta la presente fecha en que se elabora el cómputo actualizado de pena (18/06/2024) tiene un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES Y CINCO (05) DIAS DE PRISION, sin redención (no constan) y como fue sentenciado a cumplir la pena de CINCO AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, Le falta por cumplir TRES (03) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTICINCO (25) DÍAS DE PRISIÓN, finalizando aproxima.....