ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR de PEDRO RAMÓN FLORES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.440.913, residenciado en la Azulita, Finca la Pueblita, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los Artículo 108 ordinal 6° y 110 del Código Penal, por prescripción. En perjuicio de GRABIELA SANTOS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.965.772, residenciada en la Finca la Pueblita, al lado del puente, carretera Caño Zancudo, La Azulita Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Una v.....