el Tribunal negó la prueba de experticia promovida en el libelo de la demanda en el epígrafe "DE LAS PRUEBAS", literal "B", dicha prueba se niega en virtud de que la parte promovente omitió indicar sobre qué inmueble se pretende realizar dicha experticia, así como indicar los hechos que se pretende verificar con la misma. Así se decide.