JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, diez y nueve de febrero de dos mil diez.-
199° y 150°
Por recibido el anterior libelo de demanda junto con la letra de cambio anexa, es por lo que se ordena formar expediente, darle entrada y el curso de Ley correspondiente. Vista la demanda propuesta por el ciudadano CARLOS ENRIQUE PEÑALOZA CORREDOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.486.274, a través de sus Apoderados Abogados FLORALBA OBANDO URBINA Y NESTOR EDGAR ORTEGA TINEO, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 65.927 y 43.361, de este domicilio y jurídicamente hábiles, Contra: MIGUEL ANGEL BLANCO BARILLAS, quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.693.517, de este domicilio y hábil, por COBRO DE BOLIVARES, VIA INTIMATORIA, es por lo que SE ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, ya que están llenos los extremos exi.....