declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano Buitrago Neira Jorge Armando, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 9.392.329, domiciliado en la Urbanización Bubuqui III, del Bloque 01, Piso 01, apartamento 01-05 de esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y civilmente hábil, y reconocida por la ciudadana Nereida Concepción, Valbuena Valero, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número 11.913.877, domiciliada en la Urbanización Páez, avenida Principal calle 03, sector 02, casa Nº 44 de esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y jurídicamente hábil.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Alberto Adriani del Estado Mér.....