Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: ACUERDA: MEDIDA DE PROTECCION en favor de la ciudadana la ciudadana MARIA HELENA RINCÓN FLOREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 26.045.205, de 40 años de edad, domiciliada en la calle principal El Amparo, casa No. 35, Parroquia Rómulo Gallegos, El Vigía, Estado Mérida, y su entorno familiar, quien funge como víctima en la averiguación penal No. 14-F6-460-08 [Numeración de la Fiscalía] iniciada en contra del ciudadano JUAN SERRANO SOTO, por [la comisión presunta] el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, consistente en custodia domiciliaria mediante APOSTAMIENTO POLICIAL DURANTE LAS VEINTIC.....