Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia en contra del imputado JOSE GREGORIO GARRIDO, natural de La Azulita, Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº 10.239.038, nacido en fecha 15-11-66, de profesión u oficio obrero, de 44 años de edad, residenciado en la urbanización "Cacique Murachi" II, manzana K, casa Nº 11K, de color vino tino, La Azulita Municipio Andrés Bello, estado Mérida, su nueva dirección es en la Azulita, en la calle Bolívar al final, Barrio La victoria, casa S/N, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Física y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libr.....