DECISIÓN:
En consecuencia este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la responsabilidad criminal del penado VALMIKIR MATOSO, venezolano, nacido en Caracas, el 24 de noviembre de 1972 (34 años), soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 12.076.204, de ocupación escultor, domiciliado en Ejido, Sector Mesa de Los Indios, Los Cínaros, frente a la Bodega del señor Gumersindo, parte alta, Mérida Estado Mérida.Notifíquese a las partes. Archívense las presentes actuaciones. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR DE EJECUCIÓN N° 03
ABG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
LA SECRETARIA.
Se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, y se libraron boletas de notificación N° _____________.....