El Tribunal dictó sentencia declarando: Primero: SIN LUGAR, la oposición formulada por el abogado RAFAEL RAMON MONTILLA MANZANILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.235.573, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 315.025, en su carácter de apoderado judicial de la parte pasiva ciudadana YORMARY PEREZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 16.741.425, domiciliada en Guayabones, Parroquia Eloy Paredes Municipio Obispo Ramos de Lora del estado Bolivariano de Mérida, contra la MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION A LA PRODUCCION, decretada por este órgano jurisdiccional en fecha seis (06) de junio del año dos mil veintidós (2022).
Segundo: RATIFICA LA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION A LA PRODUCCION, decretada por este órgano jurisdiccional en fecha seis (06) de junio del año dos mil veintidós (2022), a favor del ciudadano del ciudadano LIONEL ARMANDO BETANCOURT MACHINI, venezolano, mayor de e.....