: Por Decisión N° 305/08 de esta fecha, se ACUERDA IMPONER a los ciudadanos JOSÉ RODRIGO NIÑO FANADOR y GILMA GÓMEZ RIVERA, por su presunta participación en el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio de la victima LIBIA ESTELA FIGUEROA DE TIN, de la Caución Juratoria conforme a los artículos 259 y 260 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica cada siete (07) días por ante este Tribunal, comprometiéndose los imputados mediante acta firmada, a someterse al proceso, no obstaculizar la investigación, abstenerse de cometer nuevos delitos, y a no ausentarse de la jurisdicción de éste Tribunal.-