este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 641 y 40 del Código de Procedimiento Civil, se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer de la presente demanda incoada por la ciudadana MARYELYNG YELLYZE SANTIAGO RIVAS, venezolana, comerciante, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 10.713.737, y hábil, actuando como Propietaria del Fondo de Comercio "LEITO`S CYBER", domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Mérida, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio BEATRIZ RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 10.711.531, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 96.488, con domicilio procesal en La Calle 24, entre avenidas 3 y 4, Edificio Centro Profesional Ruiz, Piso 4, Oficina 4-A, Mérida, Estado Mérida y jurídicame.....