este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, DECLARA:
Se declara de oficio LA PERENCION BREVE, en la presente demanda de divorcio, interpuesta por la ciudadana KATIUSKA ORIANA TAVIRA CLAVIJO, titular de la cédula de identidad número V-18.965.335, a través de su apoderado Judicial abogado GUSTAVO ALONSO VALLEJO DUGARTE, titular de la cédula de identidad Nº V-13.097.810, inscrito en Inpreabogado bajo el N 84.539, en contra del ciudadano ALBERTO JOSÉ GARCÍA MARMOLEJO, titular de la cédula de identidad números V-17.664.257, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.