PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos NELSON JAVIER PUENTES SAAVEDRA y SARAI DUGARTE TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.954.136 y V-19.593.551, en su orden, domiciliados el primero en la urbanización La Mata, calle 18, casa Nº 451, parroquia Juan Rodríguez Suárez, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y la segunda en la urbanización Humboldt, vereda 11, casa Nº 08, parroquia Caracciolo Parra Pérez, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles; a favor de la niña DANIELA SARAI PUENTES DUGARTE, de siete (07) años de edad, F.N: 18/08/2017, pasaporte venezolano N° 161408002; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.