En mérito de las consideraciones que anteceden, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, en la causa instruida en contra del ciudadano YHOVANNY BLANCO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 17. 029.540, de 26 años de edad, natural de El Vigía Estado Mérida, fecha de nacimiento 14-01-1985, con segundo año de bachillerato, soltero, de oficio albañil, hijo de Mileyda Rosa Blanco y Omar Osuna, residenciado en Santa Bárbara de Barinas, sector El Paraíso, La India, calle 14, casa 211, Estado Barinas, teléfono; 0278-4155548; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en concordancia con el numeral 4 del artículo 15 .....