En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 10 de mayo de 2024 (f. 889), por el abogado FRANKLIN JOSÉ ORTIZ, en su condición de coapoderado judicial de la parte demandante, ciudadano ELIS SAÚL MOLINA SÁNCHEZ, contra la sentencia de fecha 30 de mayo de 2024 (fs. 829 al 886), mediante la cual el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, declaró sin lugar la demanda de nulidad de asamblea, interpuesta por el recurrente, contra la sociedad mercantil MOLINA Y DE BARCIA C.A. (MOBARCA).
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda por NULIDAD DE ASAMBLEA, inte.....