Por lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Impone de la Orden de Aprehensión librada en su contra en fecha 03-10-2024. al imputado MICHAEL ALEJANDRO MORENO PADILLA, la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en los artículos 453 numerales 3 y 5 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano DEIBY JOHAN RIVAS MERCADO.SEGUNDO:En cuanto a la Medida, SE ACUERDA MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por cuanto el mismo ha incumplido con las medidas de presentaciones y así poder este tribunal resolver su situación Jurídica, en tal sentido se ordena librar la respectiva Boleta de privativa dirigida al órgano aprehensor así mismo se ordena dejar sin efecto la Orden .....