En orden a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa, en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de octubre de 2024 (f. 64), por el abogado JOSE ALFONSO MARQUEZ PEREIRA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ciudadanos ANGELICA ALEJANDRA CONTRERAS CONTRERAS y WILMER ORLANDO SANCHEZ URBINA, contra el auto proferido en fecha 07 de octubre de 2024 (fs. 61 al 63), mediante la cual el TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en EL VIGIA.
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