En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Apelación formulado por la abogada Francelina Rivas, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente demandante, contra de la decisión de fecha veintitrés (23) de enero de 2006, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: Se Revoca la Decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha veintitrés (23) de enero de 2006, en la que declara El decaimiento de la acción y en consecuencia Sin Lugar la demanda incoada por la ciudadana María del Carmen Coromoto Osuna de Martínez en contra del Grupo Médico Mérida C.A..
TERCERO:.....