PRIMERO: CON LUGAR Aclaratoria de sentencia emitida por esta Instancia judicial en fecha 12(doce) de noviembre de 2021;debidamente solicitada por el abogado LUIS OMAR GARCIA, en su condición parte actora en el presente juicio incoado por ESTIMACION E INTIMACIÓN DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES; ello en referencia al numeral denominado:"TERCERO" en el que se condenó al ciudadano PONCIANO CARRERO, pagar "erradamente" la cantidad de CIENTO NOVENTA BOLÍVARES (Bs.190,00); siendo que lo correcto era la cantidad CIENTO NOVENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 190.000.000,oo)cantidad ésta estimada por concepto de Honorarios Profesionales Extrajudiciales estipulados en el escrito libelar consignado. En este sentido, se tiene que, el monto a pagar por parte del ciudadano PONCIANO CARRERO, se subsume a la cantidad de CIENTO NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs. 190.000,oo)según reconversión monetaria.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay especial pronunciamiento sobre costas.
TERCERO: Por cuanto las p.....