Se declaró INADMISIBLE por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto el 02 de mayo de 2016, por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO CONTRERAS y ANDREINA FANNY KISIS DE CONTRERAS, asistidos por la abogada ANDREINA PUENTES ÁNGULO; en su condición de defensora pública primera con competencia en materia Civil y Administrativa, Especial, Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda, contra la sentencia definitiva pronunciada el 14 de abril del citado año, por el JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Se declaró NULA por inmotivada por contradicción entre los motivos y el dispositivo, la decisión apelada. Se declaró CON LUGAR la demanda intentada en fecha 23 de abril de 2015, por el ciudadano ALBIO LUBÍN MALDONADO RODRÍGUEZ, contra los ciudadanos JOSÉ ANTONIO CONTRERAS y ANDREINA FANNY KISIS DE CONTRERAS, por desalojo y cobros de bolívares.