Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Se decreta la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano JOLID RAMÓN MANTILLA LABRADOR, venezolano, natural de La Grita, Estado Táchira, de 33 años de edad, nacido en fecha 07-10-76, de profesión u oficio chofer, soltero, titular de la cédula de identidad N° 11.974.481, hijo Jorge Mantilla(v) y de Lidia Labrador de Mantilla (v), residenciado en el barrio 19 de Abril, calle 7 con carrera 1, N° 6-87, La Fría, Estado Táchira, teléfono, 0277-5410925. Se acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución Nº 01 del Estado Táchira, a los fines de que sean agregadas al expediente Nº E1-3250/2010 y que el mencionado Tribunal deje sin efecto las órdenes de aprehensión en contra del antes identificado ciudadano.
LA JUEZA DE CONTROL N° 03
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